Gobierno del Estado de México
 

Reposición del certificado de aprobación de verificación

Sirve para reponer el certificado de aprobación de verificación otorgado por el centro de verificación vehicular, que fue perdido o robado.
Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. 2160, Planta Baja No. Int. , Col. Viveros del Rio, C.P. 54060, Tlalnepantla de Baz, México
Costo:
$ 155 pesos.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2014 al 31/12/2014.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos, Centros comerciales y En Línea (Portal de Pagos).
Ámbito:
Estatal
Poder:
Poder Ejecutivo
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
El trámite de reposición del certificado de aprobación de verificación se deberá realizar en caso de: robo o extravío, maltrato, mutilación o ilegibilidad en los rubros denominados marca, submarca, modelo, número de serie, placas y medición de emisiones.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Pago de derechos
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

2. Tarjeta de circulación o documento de alta/baja que acredite el número de placa con el que fue verificado anteriormente.
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

3. Identificación oficial
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Pago de derechos
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

2. Tarjeta de circulación o documento de alta/baja que acredite el número de placa con el que fue verificado anteriormente.
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

3. Identificación oficial
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Pago de derechos
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

2. Tarjeta de circulación o documento de alta/baja que acredite el número de placa con el que fue verificado anteriormente.
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

3. Identificación oficial
NO
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014,capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.

Contar con los datos de folio de certificado, fecha de verificación y centro de verificación vehicular.
Obtener la línea de captura en la página de internet https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/Mg1Web.jsp?Secretaria=13&P=2, colocando en el campo de "Tipo de trámite" la opción de "Servicios Generales". Se completa el formulario, se imprime el Formato Universal de Pago y con éste se realiza el pago.
Presentarse en el último centro de verificación vehicular en donde fue verificado el vehículo con el comprobante de pago, tarjeta de circulación o documento de alta/baja que acredite el número de placa con el que fue verificado anteriormente e identificación oficial.
Dependencia u organismo:
Secretaría del Medio Ambiente
Unidad administrativa responsable:
Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica
Domicilio:
Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. 2160, Planta Baja No. Int. , Col. Viveros del Rio, C.P. 54060, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 82 65 Ext:
Telefono2: ( ) 53 66 82 64
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: prevencionatmosferica.ret@edomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Reposición del certificado de aprobación de verificación.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Vigencia conforme al calendario de verificación, de acuerdo a la terminación de la placa de circulación
6 meses
Vigencia conforme al calendario de verificación, de acuerdo a la terminación de la placa de circulación
6 meses
Vigencia conforme al calendario de verificación, de acuerdo a la terminación de la placa de circulación
2 años
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea (pre-gestion):

15 minuto(s)

1. ¿Dónde puedo obtener los datos de la última verificación?
En el holograma de verificación adherido al vehículo o solicitando la información en la Secretaría del Medio Ambiente al teléfono (01 55) 53 66 82 67.
2. ¿Qué debo hacer si el centro de verificación vehicular esta suspendido para prestar el servicio?
Podrá realizar su trámite dentro del período establecido en la ventanilla de atención al público ubicada en Av. Gustavo Baz No. 2160 planta baja, casi esquina con la Av. Mario Colín, Col. La Loma, municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
3. ¿Puedo tramitar la reposición en otro centro de verificación vehicular?
No, debe acudir al centro de verificación vehicular donde acudió por última ocasión.
4. ¿Dónde puedo consultar mi número de certificado?
En la página de internet http:smahologramas.edomex.gob.mx/ConsultaVerificaciones/
5. ¿Dónde me pueden dar información sobre este trámite?
Llamando al teléfono (01 55)53 66 82 67 ó al correo electrónico atnpublico@smagem.net
6. ¿Dónde puedo saber el domicilio del verificentro?
El directorio de verificentro se encuentra disponible en la página de internet http://portal2.edomex.gob.mx/sma/tramites_servicios/verificacion_vehicular/directorio_de_verificentros/index.htm
Fundamento legal:
*Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
*Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
*Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Segundo Semestre del año 2014, capítulo 3, subpunto 3.4.5, publicado en Gaceta de Gobierno el 30 de Junio de 2014.
*Artículo 88, fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
*Artículo 1.1 fracción I, 2.2 fracciones I, II, VII y IX, 2.3 fracciones I, III Y VII, 2.6 fracción II, 2.8 fracciones I, II, VI, XII, XIV, XV, XXVIII Y 2.265 fracción I del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
*Artículos 1, 3 fracción I, 6 Bis fracción I, 9 fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cubrir el costo establecido.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado como pre-gestión):
Formato universal de pago/línea de captura
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
El trámite de reposición del certificado de aprobación de verificación se deberá realizar en caso de: robo o extravío, maltrato, mutilación o ilegibilidad en los rubros denominados marca, submarca, modelo, número de serie, placas y medición de emisiones.
Visitas a esta página:
229609
Última actualización:
29/10/2014 06:29 pm



Arriba