Fundamento legal:
Artículo 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, Capítulo IV, Artículos 21 y 23, Fracciones I, II, III, IV y V. Diario Oficial de la Federación, 26 de mayo de 1945. Sus reformas y adiciones 19 de agosto de 2010.
Reglamento de la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional, Capítulo lll, artículos 14 y 15. Diario Oficial de la Federación, 27 de septiembre de 1945. Sus reformas y adiciones 8 de mayo de 1975.
Normas de Control Escolar Relativas a la Selección, Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Regularización, Certificación y Titulación de las Licenciaturas para la Formación de Docentes en Educación Básica, en la Modalidad Escolarizada (Plan 2012). Capítulo X Titulación; Norma 10.9. Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, Secretaría de Educación Pública.
Manual General de Organización de la Secretaría de Educación. Apartado VII, Objetivo y funciones por Unidad Administrativa; Subdirección de Control Escolar. Gaceta del Gobierno, 11 de mayo de 2012.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Es necesario acudir a la Subdirección de Control Escolar para presentar y revisar que los requisitos solicitados estén completos.