Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica: www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al Contribuyente, opción "Servicios"/ Pago en Línea.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.
2. Deberá contar con la línea de captura de cualquier contribución que se haya emitido mediante el Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.
3. Deberá capturar exactamente los dígitos de la línea de captura.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.
4. Una vez validada la línea de captura y si esta se encuentra dentro del periodo de pago, es decir no es pago extemporáneo, el sistema mostrará una nueva pantalla que permite reimprimir el formato y/o la declaración que produjo la línea de captura. De otra forma se le informará que no es posible continuar.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.
5. Deberá seleccionar dentro de las opciones de los bancos que se muestran en pantalla, el banco donde se tenga contratado el servicio de banca electrónica.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.
6. Una vez que se establezca la pantalla del banco elegido, el pago y su trámite, este es responsabilidad del contribuyente, ya que el pago se realiza mediante el sistema electrónico del portal bancario elegido.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 48 fracción XVII.
Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público de los Centros de Servicios Fiscales y Módulos de Atención al Contribuyente, vigente.