Gobierno del Estado de México
 

Asesoria y orientación especializada a adolescentes propensos a delinquir

Consiste en proporcionar orientación y atención especializada a adolescentes que tienen riesgo de cometer alguna conducta antisocial detectando y atendiendo los factores predisponentes del fenómeno de la antisocialidad.
Constituyentes Poniente No. Ext. 902 No. Int. , Col. La Merced, C.P. 50080, Toluca, México
Ámbito:
Estatal
Poder:
Poder Ejecutivo
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando un padre de familia solicite orientación y atención especializada para su hijo y éste presente problemas como: agresividad, impulsividad, desobediencia, tome cosas que no son de su propiedad, sea fácilmente influenciable para hacer cosas negativas, relaciones sociales negativas, presente déficit de atención, hiperactividad, relaciones familiares disfuncionales, rendimiento académico deficiente, no acate instrucciones, irresponsable, entre otros.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de nacimiento del (la) adolescente.
SI
1, Simple
Reglamento de las Preceptorías Juveniles Regionales de Reintegración Social del Estado de México (Art. 10 fracción IV).

2. Último comprobante de estudios del adolescente.
SI
1, Simple


3. Comprobante de domicilio.
SI
1, Simple


Los padres de familia deberán acudir a las oficinas del Departamento de Prevención Social, en compañía de su hijo (a) adolescente con la finalidad de ser canalizados a la Preceptoría Juvenil más cecana a su domicilio.
Acudir a las sesiones de trabajo que se requieran.
Dependencia u organismo:
Secretaría de Seguridad Ciudadana
Unidad administrativa responsable:
Dirección General de Prevención y Readaptación Social
Domicilio:
Constituyentes Poniente No. Ext. 902 No. Int. , Col. La Merced, C.P. 50080, Toluca, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 2154503 Ext:
Telefono2: ( 722 ) 2154055
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: dgprs@ssc.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Dirección de Prevención y Tratamiento de Adolescentes
Domicilio Circuito Miguel de la Madrid Camino al Testerazo No. Ext. S/N No. Int. , Col. Ex Hacienda Rancho Las Animas,
C.P. 5135, Municipio Zinacantepec, México
Municipios que atiende: Almoloya de Juárez, Amecameca, Atizapán de Zaragoza, Atlacomulco, Chalco, Coyotepec, Cuautitlán, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtlahuaca, Metepec, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Tejupilco, Tenancingo, Texcoco, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Valle de Bravo, Zinacantepec
Titular de la oficina:
Lic. Francisco Galindo Gutiérrez
Teléfonos:
722 2 18 59 97, 1 90 37 00
Correo electrónico:
dgprs.dcampañas@edomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Asesoría
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué tiempo dura la asesoría y orientación especializada?
De acuerdo a las necesidades y problemáticas del adolescente, aproximadamente 30 minutos.
2. ¿La asesoría y atención especalizada tiene costo?
No, son gratuitas.
3. ¿En qué lugar se imparten las sesiones de trabajo con el adolescente?
En la Preceptoria Juvenil más cercana al domicilio del adolescente.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 21 párrafo noveno).

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (Art. 86 Bis).

Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de México (Art. 71).

Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (Arts. 12 fracción IV y 17).

Reglamento de las Preceptorías Juveniles Regionales de Reintegración Social del Estado de México (Art. 10 fracción IV).

Manual General de Organización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Funciones de la Dirección de Prevención y Tratamiento de Adolescentes (Pág. 121).
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El servicio será procedente siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en el apartado correspondiente.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando un padre de familia solicite orientación y atención especializada para su hijo y éste presente problemas como: agresividad, impulsividad, desobediencia, tome cosas que no son de su propiedad, sea fácilmente influenciable para hacer cosas negativas, relaciones sociales negativas, presente déficit de atención, hiperactividad, relaciones familiares disfuncionales, rendimiento académico deficiente, no acate instrucciones, irresponsable, entre otros.
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Última actualización:
10/11/2014 08:12 pm



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